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Corte Suprema confirma condena contra exdirectora del IDU por carrusel de la contratación

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó parte de la condena impuesta a la exdirectora del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), Liliana Pardo Gaona, por su participación en el denominado carrusel de la contratación en Bogotá.

El alto tribunal ratificó su responsabilidad en el delito de cohecho propio, al considerar probado que habría dirigido la adjudicación irregular de obras y pactado el recibo de comisiones a cambio de la entrega de contratos.

No obstante, la Corte la absolvió frente a las irregularidades relacionadas con una licitación de 2008, al estimar que el Tribunal Superior de Bogotá no valoró adecuadamente testimonios que apuntaban a un posible actuar autónomo del también exfuncionario del IDU, Inocencio Meléndez Julio.

En la decisión, que tuvo como ponente al magistrado Jorge Hernán Díaz Soto, se señaló que, de haberse apreciado integralmente esos medios de prueba, habría sido plausible la hipótesis defensiva sobre la responsabilidad individual de Meléndez en ese proceso específico.

Sin embargo, frente a los contratos de valorización previstos en el Acuerdo 180 de 2005, la Sala Penal concluyó que sí quedó demostrada la responsabilidad de Pardo Gaona, al aceptar apoyo para la adjudicación ilegal de contratos a cambio de compromisos económicos, en coordinación con otros implicados, entre ellos Héctor Julio Gómez.

La Corte precisó que debe responder como autora —y no como coautora— del delito de cohecho propio. La condena quedó fijada en nueve años de prisión, una multa equivalente a 99 salarios mínimos y la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo tiempo.

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