Benedetti asegura que Comisión de Acusaciones no tiene facultad para suspender a Petro

El ministro del Interior, Armando Benedetti, rechazó este miércoles la decisión que ordenó la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro y aseguró que la medida carece de sustento jurídico.
A través de su cuenta en X, el funcionario sostuvo que la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes no tiene competencia para suspender al jefe de Estado, ya que su función se limita a adelantar labores de instrucción dentro de los procesos que se tramitan contra altos dignatarios.
“En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al Presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente”, expresó Benedetti.
El ministro explicó que, de acuerdo con el procedimiento constitucional, cualquier decisión relacionada con una eventual suspensión o destitución presidencial debe surtir varias etapas institucionales, incluyendo la actuación de la Cámara de Representantes y posteriormente del Senado de la República.
Asimismo, cuestionó que la medida haya sido adoptada por una sola integrante de la Comisión de Acusaciones, al considerar que una decisión de esa magnitud no puede emanar de manera individual dentro de ese organismo.
Las declaraciones de Benedetti se suman a otras voces del ámbito político y jurídico que han puesto en duda la validez de la medida anunciada contra el mandatario, argumentando que las competencias para adoptar una decisión de ese alcance corresponden a instancias diferentes dentro del Congreso.
La controversia se produce en medio de un intenso debate político y jurídico sobre los alcances de las investigaciones que cursan contra el presidente y las facultades de los organismos encargados de adelantar dichos procesos.



