Declaración de renta y 4×1000: la DIAN definió topes y calendario para 2026

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) confirmó los valores que regirán la declaración de renta y la exención del impuesto a los movimientos financieros, conocido como 4×1000, para el año gravable 2026. La actualización, que se basa en el nuevo valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT), impactará a millones de contribuyentes en todo el país.
La entidad estableció que la UVT para 2026 será de $52.374, cifra calculada a partir de la inflación certificada por el DANE. Este ajuste redefine los topes expresados en pesos que determinan quiénes deben declarar renta y hasta qué monto se pueden realizar transacciones financieras sin que se genere el cobro del 4×1000. La UVT es el indicador que utiliza la DIAN para fijar límites, rangos y sanciones dentro del sistema tributario. Aunque muchos valores están definidos en UVT y no cambian en la norma, su equivalencia en pesos sí se actualiza cada año, lo que modifica los montos aplicables a diversas obligaciones fiscales.
Calendario tributario para 2026
Según la DIAN, los grandes contribuyentes, personas naturales, jurídicas y entidades del Régimen Tributario Especial deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2025 y pagar el valor correspondiente en tres cuotas, de acuerdo con el último dígito del NIT.
La primera cuota deberá pagarse entre el 10 y el 23 de febrero de 2026. La presentación de la declaración y el pago de la segunda cuota se realizará entre el 13 y el 24 de abril de 2026. La tercera cuota deberá pagarse entre el 10 y el 24 de junio de 2026.
Por su parte, las personas jurídicas y los contribuyentes del Régimen Tributario Especial que no estén clasificados como grandes contribuyentes deberán cumplir la obligación en dos pagos. La presentación de la declaración y el pago de la primera cuota se realizará entre el 12 y el 26 de mayo de 2026, mientras que la segunda cuota deberá pagarse entre el 9 y el 23 de julio de 2026.
El tope del 4×1000 para 2026 sera con el nuevo valor de la UVT, el monto mensual exento del impuesto a los movimientos financieros será de $18.330.900, correspondiente a 350 UVT. Esto significa que, si una persona no supera ese valor en transacciones durante un mes, no debería generarse el cobro del 4×1000, teniendo en cuenta cuentas de ahorro, corrientes y otros productos financieros.
Para el año gravable 2026, la obligación de declarar renta se activa si se supera al menos uno de los topes establecidos. Los ingresos brutos iguales o superiores a $73.323.600, equivalentes a 1.400 UVT, o un patrimonio bruto superior a $235.683.000, correspondientes a 4.500 UVT, obligan a presentar la declaración en 2027, incluso si no se debe pagar impuesto.
Aunque la normativa permite que todas las cuentas de una persona estén cobijadas por la exención del 4×1000 hasta el límite legal, su aplicación depende de un sistema tecnológico que consolide la información entre las entidades financieras. Mientras este mecanismo no esté completamente operativo, el impuesto puede seguir aplicándose en cuentas no marcadas correctamente.
Cuando el impuesto se cobra sin que se haya superado el tope permitido, el contribuyente puede solicitar la devolución ante la DIAN. Para ello, es fundamental conservar los extractos bancarios y los soportes que demuestren que los movimientos financieros estuvieron dentro del límite legal.



